Tarifa plana de autónomos 2026

La tarifa plana permite a los nuevos autónomos pagar 80 € al mes (más el MEI) durante 12 meses. Se puede prorrogar 12 meses más si tus rendimientos netos no llegan al salario mínimo. Requisito principal: no haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 si ya la disfrutaste).

Actualizado el 4 de octubre de 2026

Cuánto pagas

PeriodoCuotaCondición
Meses 1 a 1280 €/mes + MEINuevos autónomos que cumplan los requisitos
Meses 13 a 2480 €/mes + MEISolo si los rendimientos netos son inferiores al SMI
DespuésCuota de tu tramo (desde 205,88 €/mes)Según rendimientos netos

Requisitos

  • Darte de alta como autónomo por primera vez, o no haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores.
  • Si ya disfrutaste antes de la tarifa plana, el plazo sin alta es de 3 años.
  • Solicitarla en el momento del alta en la Seguridad Social.

Cómo solicitarla

Se pide en la propia solicitud de alta en el régimen de autónomos (portal Import@ss). Para la prórroga, hay que solicitarla al terminar los primeros 12 meses, declarando que tus rendimientos previstos son inferiores al salario mínimo. Paso a paso del alta en cómo darse de alta como autónomo.

¿Cuánto pagarás después de la tarifa plana? Calcula tu tramo y tu cuota con la tabla oficial de 2026.

Calcular mi cuota

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la tarifa plana de autónomos?

80 € al mes durante los primeros 12 meses, a los que se suma el MEI.

¿Quién puede pedir la tarifa plana?

Quien se da de alta como autónomo por primera vez o no ha estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si ya disfrutó antes de la tarifa plana).

¿Se puede prorrogar?

Sí, 12 meses más, si tus rendimientos económicos netos son inferiores al salario mínimo interprofesional. Se solicita al terminar el primer periodo.

¿Qué pago cuando se acaba?

La cuota que corresponda a tu tramo de rendimientos. Calcúlala con la calculadora de cuota.

¿Hay condiciones especiales?

Sí: las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y las víctimas de violencia de género o de terrorismo tienen condiciones más amplias. Consulta los detalles en la Seguridad Social.