Multas de Verifactu: cuánto son y cómo evitarlas
Tener o usar un programa de facturación que no cumpla los requisitos puede sancionarse con 50.000,00 € por ejercicio. A los fabricantes y vendedores de programas no conformes se les puede sancionar con 150.000,00 € por ejercicio. Lo regula el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Actualizado el 4 de octubre de 2026
Sanciones según quién incumple
| Quién | Conducta | Sanción |
|---|---|---|
| Empresas y autónomos (usuarios) | Tener o usar sistemas de facturación no conformes o alterados | 50.000,00 € por ejercicio |
| Fabricantes y comercializadores | Producir o vender sistemas que no cumplen | 150.000,00 € por ejercicio y tipo de sistema |
Cómo evitarlas
- Usa un programa cuyo fabricante publique la declaración responsable de cumplimiento.
- No uses programas que permitan borrar o modificar facturas emitidas sin dejar rastro.
- Si facturas con Excel o Word, valora pasarte a una opción adaptada: por qué es una zona gris.
- Ten tu programa adaptado antes de tu fecha: fechas de Verifactu.
Elige un programa que cumpla Todos los programas de nuestra comparativa declaran cumplir Verifactu, con enlace a su fuente.
Ver programasPreguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por no cumplir Verifactu?
Para quien tenga o use un sistema de facturación no conforme, 50.000,00 € por cada ejercicio (art. 201 bis de la Ley General Tributaria).
¿Me pueden multar si mi programa no cumple pero yo no lo sabía?
La sanción se dirige a la tenencia o uso de sistemas que no cumplen los requisitos. Por eso es clave pedir al fabricante su declaración responsable antes de contratar.
¿Desde cuándo se aplican las multas?
Las obligaciones de los usuarios son exigibles desde las fechas de entrada en vigor: el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.